Sustancias Químicas Nuevas

El Real Decreto 363/1995, regula el sistema de Notificación de Sustancias Químicas Nuevas. La Notificación es un procedimiento normalizado, previo a la comercialización de sustancias químicas nuevas, en el marco de la Unión Europea.

Corresponde la obligación de realizar esta notificación a:

  • El fabricante que comercializa una sustancia como tal, o incorporada en un preparado, para las sustancias fabricadas en la Comunidad Europea.
  • El responsable de la comercialización o designado por el fabricante como su representante, para las sustancias que se introduzcan en el territorio de la Comunidad.

El notificante tiene que presentar ante la Autoridad Competente, Dirección General de Salud Pública- Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral, una notificación que contenga los siguientes documentos:

  • Informe técnico-científico que contenga la información necesaria para la evaluación de los peligros previsibles inmediatos o futuros que la sustancia puede presentar para el hombre y el medio ambiente.
  • Declaración sobre los efectos desfavorables de la sustancia según los usos previstos.
  • Propuesta de clasificación y etiquetado.
  • Propuesta de ficha de datos de seguridad.

Las sustancias notificadas se incluyen en una base de datos denominada ELINCS (European List of Notified Chemical Substances) (http://ecb.jrc.it/new-chemicals Se abrirá en una ventana nueva. )

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